
Nueva Guinea, Nicaragua. — La justicia nicaragüense condenó a 30 años de prisión a Pedro Juan Angulo Icabalceta, de 56 años, después de determinar su responsabilidad por el f3micidio y la v1olación agravada de Marina Vanessa Rodríguez González, de 18 años, cuyo cu3rpo fue encontrado en una laguna artificial del municipio de Nueva Guinea, Región Autónoma de la Costa Caribe Sur.
El caso ocurrió el 10 de julio de 2026 y generó conmoción por las circunstancias establecidas posteriormente dentro del expediente judicial.
La sentencia fue dictada el 27 de agosto por el juez del Distrito Penal de Audiencias y Especializado en V1olencia de Nueva Guinea, Leonardo Sebastián Gálvez Mendoza.
Angulo Icabalceta admitió voluntariamente los hechos durante el proceso, por lo que no fue necesario celebrar un juicio oral.
Marina Vanessa tenía solamente 18 años
De acuerdo con la acusación, Marina Vanessa mantenía una relación informal y esporádica con Pedro Juan Angulo Icabalceta.
La noche del viernes 10 de julio, la joven se encontraba en la vivienda del hombre, ubicada en la zona 5 del casco urbano de Nueva Guinea.
En algún momento se produjo una discusión.
La reconstrucción judicial establece que Angulo la g0lpeó repetidamente en el rostro hasta dejarla en estado de indefensión.
Posteriormente cometió una agr3sión s3xual contra la joven y terminó provocándole la mu3rte mediante asf1xia.
El informe forense estableció como causa directa una anoxia encefálica producida por asf1xia mecánica por sofocación.
Trasladó el cu3rpo más de un kilómetro
Después del cr1men, Angulo permaneció durante varias horas con el cu3rpo dentro de su vivienda.
Aproximadamente a las 11:00 de la noche, lo introdujo en un saco de nailon, lo aseguró y comenzó a trasladarlo hasta la laguna artificial Las Vegas, situada aproximadamente a 1,300 metros de su residencia.
La acusación estableció que antes de arrojarlo al agua realizó acciones destinadas a dificultar que el cu3rpo flotara y retrasar de esa manera su localización.
El dictamen forense confirmó posteriormente que algunas de las h3ridas punzocortantes encontradas en el abdomen fueron provocadas después del f4llecimiento de Marina Vanessa.
Conservó parte del cabello de la joven
Otro de los elementos recogidos durante la investigación fue particularmente relevante.
Según la sentencia y las informaciones del caso, Angulo cortó una porción del cabello de Marina Vanessa antes de arrojar su cu3rpo a la laguna.
Cuando las autoridades posteriormente registraron su vivienda y recopilaron evidencias, localizaron un pantalón que contenía hebras de cabello pertenecientes a la víctima.
También fue ocupado un cuchillo y el saco utilizado para trasladar el cu3rpo.
Estos elementos quedaron incorporados a las investigaciones desarrolladas por la Policía Nacional.
El cu3rpo apareció dos días después
Pese a las acciones realizadas para intentar ocultarlo, el cu3rpo terminó apareciendo en la superficie de la laguna.
Fue localizado la mañana del domingo 12 de julio, aproximadamente dos días después del cr1men.
Personas que transitaban cerca del lugar observaron el cu3rpo flotando y alertaron a las autoridades.
Familiares posteriormente confirmaron que se trataba de Marina Vanessa Rodríguez González.
Los especialistas del Instituto de Medicina Legal realizaron los estudios correspondientes y determinaron que la joven había perdido la v1da por asf1xia mecánica.
Un testigo aportó información fundamental
Durante las primeras diligencias surgió un testimonio que ayudó a modificar el rumbo de la investigación.
Un testigo aseguró haber observado a Pedro Juan Angulo Icabalceta trasladando un saco pesado en dirección al lugar donde posteriormente apareció Marina Vanessa.
Esa información condujo a los investigadores hasta el hombre de 56 años.
Durante el allanamiento de su residencia fueron encontradas diferentes pertenencias y evidencias que las autoridades relacionaron con la joven.
Otro hombre había sido detenido inicialmente
El caso tuvo además un giro durante sus primeras horas.
Inicialmente fue detenido Óscar de Jesús Leiva Díaz, de 38 años, conocido como “Chuchuca”, quien llegó a ser señalado como sospechoso mientras comenzaban las investigaciones.
Posteriormente, las pesquisas condujeron hasta Pedro Juan Angulo Icabalceta.
Después del testimonio sobre el hombre que transportaba el saco y de las evidencias localizadas durante el allanamiento, Angulo pasó a ser el principal investigado.
Informaciones publicadas en aquel momento indicaron que Óscar de Jesús Leiva Díaz recuperaría su libertad mientras las autoridades continuaban esclareciendo el caso.
Angulo terminó admitiendo los hechos
El proceso judicial dio un paso definitivo durante la audiencia inicial celebrada el 24 de agosto.
La defensa solicitó que se verificara la decisión de Angulo de acogerse al procedimiento de admisión de hechos.
Después de que el tribunal le explicara nuevamente sus derechos y las consecuencias jurídicas, el procesado manifestó voluntariamente su decisión de aceptar los hechos atribuidos.
Como consecuencia, no fue necesario desarrollar el juicio oral.
Tres días después, el 27 de agosto, el juez Leonardo Sebastián Gálvez Mendoza dictó sentencia.
La sentencia sumaba 37 años y seis meses
La condena estableció inicialmente 22 años y seis meses por f3micidio y otros 15 años por v1olación agravada.
La suma ascendía a 37 años y seis meses de prisión.
Sin embargo, la legislación nicaragüense establece un límite máximo de 30 años de prisión para este caso.
Por esa razón, la pena efectiva quedó fijada en 30 años.
Pedro Juan Angulo Icabalceta permanecerá recluido en el Sistema Penitenciario de Bluefields y, conforme a la sentencia reportada, la pena se extenderá hasta el 13 de julio de 2056.
El proceso judicial deja así establecidos los nombres principales de un caso que conmocionó a Nueva Guinea: Marina Vanessa Rodríguez González, la joven de apenas 18 años que perdió la v1da; Pedro Juan Angulo Icabalceta, de 56 años, condenado por f3micidio y v1olación agravada; Leonardo Sebastián Gálvez Mendoza, juez que dictó la sentencia; y Óscar de Jesús Leiva Díaz “Chuchuca”, quien había sido detenido inicialmente antes de que las investigaciones condujeran al responsable finalmente condenado.
Marina Vanessa tenía apenas 18 años. Ahora, más de dos meses después de aquel 10 de julio, el proceso concluyó con una condena efectiva de tres décadas de prisión contra el hombre que admitió los hechos y que deberá permanecer encarcelado hasta 2056.


